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ITV
PolicÃa Local /
ArtÃculo de Información sobre ITV
PolicÃa Local de Chiva 13/11/2008
Todos los vehículos matriculados en España están obligados a pasar la inspección técnica de vehículos, excepto cuando se obtenga la baja temporal o definitiva. Las comunidades autónomas establecerán lugares habilitados para efectuar dicha inspección. En los casos en los que sea difícil el traslado a dichas estaciones por ser máquinas de obras servicios o vehículos agrícolas se realizarán inspecciones especiales en los lugares donde se encuentren.
Plazos para la inspección:
| TIPO DE VEHICULO |
TIEMPO DE EXENCIÓN |
AÑOS SIGUIENTES |
| Motocicletas. |
Hasta 5 años de antigüedad. |
Cada 2 años. |
| Turismos. |
Hasta 4 años de antigüedad. |
4 a 10 años, bienal. |
| Más 10 años, anual |
Autobuses, taxis y resto de vehículos de servicio publico (hasta 9 plazas) |
Hasta cinco años, anual. |
| A partir 5 años, semestra |
Furgonetas y camiones de hasta 3500 Kg . de PMA |
Hasta 2 años. |
| De 2 a 6 años bienal. |
De 6 a 10 anual. |
Más de 10 años semestral |
| Camiones con PMA superior a 3500 Kg |
Hasta 10 años, anual |
Mas de 10 años, semestral |
| Caravanas con PMA superior a 750 Kg |
Hasta 6 años. |
Mas de 6 años bienal. |
- Tractores y vehículos agrícolas: (excepto motocultores y máquinas equiparadas) : Hasta ocho años, exentos. De ocho a dieciséis, bienal, y a partir de dieciséis, anual.
- Vehículos especiales: excepto aquellos cuya velocidad no alcance los 25 Km ./hora: Hasta cuatro años, exento. De cuatro a diez años, bienal y a partir de los diez años, anual.
- Estaciones transformadoras y vehículos adaptados para la maquinaria del circo o ferias : Hasta cuatro años, exento. De cuatro a seis años, bienal, y a partir de los seis años, anual.
CASOS EXCEPCIONALES:
- Podrán ser requeridos para que pasen una inspección técnica los vehículos que ante una fundada sospecha de que carece de las condiciones técnicas exigibles para su circulación y pueda poner en peligro la seguridad vial. En este caso no se abonarán tasas, si no se encuentra anomalía alguna .
- Por otra parte estarán obligados a realizar la inspección, los vehículos que habiendo sufrido un accidente de tráfico, si afecta a algún elemento de seguridad de los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o frenado, o al bastidor o estructura autoportante, todo ello antes de su puesta en circulación tras la reparación. En este caso el funcionario de Policía o Guardia Civil que haya intervenido en el atestado retendrá el permiso de circulación del vehículo, extendiendo volante sustitutorio del permiso y lo remitirá a la Jefatura Provincial de Tráfico, hasta que el vehículo, una vez reparado, pase la correspondiente inspección.
- Cambio de destino del vehículo: Si un vehículo destinado al servicio público pasa al servicio privado, o a la inversa, necesita pasar una inspección, anotándose en la tarjeta el nuevo destino.
- Para la obtención y visado de las tarjetas de transporte.
- Transferencias de vehículos.
- Antes de proceder al cambio de titularidad de un vehículo, la Jefatura Provincial de Tráfico comprobará que dicho vehículo tiene en vigor la correspondiente inspección técnica y en el caso de que no fuere así, iniciará de oficio el correspondiente expediente sancionador, y notificará tal circunstancia al adquirente.
Resultado de la inspección:
Si es favorable se anotará en la tarjeta del vehículo y se emitirá, por la estación que realice la inspección, un informe. Ambos documentos deben ser exhibidos ante los agentes de la autoridad que lo soliciten.
Incumplimiento de la obligatoriedad de realizar la inspección técnica en el plazo previsto:
En este caso, los agentes encargados de la vigilancia del tráfico, sin perjuicio de formular la correspondiente denuncia ante la Jefatura Provincial de Tráfico, intervendrán el permiso de circulación del vehículo, entregando al conductor un volante sustitutorio para que continúe viaje y proceda a pasar la inspección técnica. Dicho volante tiene una validez de diez días y si transcurriese dicho plazo sin que se acredite haber pasado la indicada inspección, la Jefatura Provincial de Tráfico ordenará el precinto del vehículo.
Sanciones:
El responsable de que un vehículo pase las correspondientes inspecciones técnicas es siempre su titular. La omisión de esta obligación se castiga con una sanción pecuniaria que oscila entre los 125 y los 1500 euros, dependiendo del tipo de vehículo, de su antigüedad y del destino al que se halle adscrito.
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